ESTATUTOS
 

CAPITULO I.

DEL NOMBRE, NACIONALIDAD, SEDE Y DURACIÓN.

ARTICULO 1. La entidad regida por los presentes estatutos se denomina ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE PSIQUIATRÍA BIOLÓGICA.

ARTICULO 2. La ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE PSIQUIATRÍA BIOLÓGICA se constituye como una persona jurídica de derecho privado, cuya estructura legal es la de una Asociación Científica, sin ánimo de lucro, conforme a la Constitución y las leyes de la República de Colombia.

ARTICULO 3. La sede de la Asociación será la ciudad de Bogotá, D.C.

ARTICULO 4. La ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE PSIQUIATRÍA BIOLÓGICA fue fundada el día 13 de octubre de 1992 en la ciudad de Manizales y tendrá un período de duración de treinta años o hasta cuando la Asamblea General de sus Miembros determine su disolución conforme a los presentes estatutos.


<< Regresar